miércoles, 25 de mayo de 2011

Regimenes aduaneros especiales

Regímenes suspensivos
Los Regímenes Suspensivos o Destinaciones Suspensivas, son aquellos regímenes que constituyen la categoría en los cuales la autoridad competente autoriza, suspende el pago de los gravámenes aduaneros, la introducción o la extracción temporal de mercancías con fines determinados, con la condición de que sean luego reexpedidas o reintroducidas, según el caso, dentro del plazo que la norma se señale.

Exportación temporal
Régimen aduanero que permite exportar temporalmente mercancías que se encuentren en libre circulación en el territorio aduanero nacional y reintroducirlas sin pago de los impuestos de importación, cuando no hayan experimentado modificación alguna. (Art. 38 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales)

Trafico de perfeccionamiento activo

Conjunto de técnicas en virtud de las cuales se eximia, total o parcialmente, del pago de los derechos arancelarios a aquellas mercancías que eran objeto, tras su elaboración y/o transformación, de una salida posterior del territorio aduanero nacional. Desde 01.01.1988 esta figura quedó sustituida por el régimen de perfeccionamiento activo, para acomodar nuestra legislación a los Reglamentos de la CEE.

Trafico de perfeccionamiento pasivo
Sistema que permite exportar temporalmente mercancías fuera del territorio aduanero de la Comunidad Económica Europea, con el fin de ser reimportadas bajo la forma de productos acabados o compensadores, y con exención parcial o total de derechos a la importación después de haber sido objeto, fuera del territorio aduanero de la Comunidad, de una o varias operaciones de perfeccionamiento.

Almacenes generales de depósito
Tienen por objeto la conservación y guarda de bienes muebles por los que no se hayan satisfechos los derechos de importación; así como la expedición de certificados de depósito y de bonos de prenda.

Depósitos aduaneros (in-bond)
Tiene la finalidad de recibir, en un área destinada a ese efecto, mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, exentas de pago de impuestos de importación y tasa por servicios de aduana. El lapso máximo de permanencia de las mercancías en un depósito de este tipo, es de un (1) año contado a partir de la fecha de ingreso al mismo. Estos depósitos pueden establecerse en cualquier zona del país integrada a parques o conglomerados industriales, próxima y de fácil acceso a puertos y aeropuertos.
Depósitos temporales
Tiene por finalidad, el depósito provisional de las mercancías objeto de operaciones aduaneras, mientras se cumplen los trámites respectivos para el perfeccionamiento de la correspondiente operación, en áreas destinadas a ese efecto, ubicadas dentro de las zonas primarias o espacios geográficos próximos a las oficinas aduaneras. El lapso máximo de permanencia de las mercancías bajo este régimen, es de treinta (30) días continuos, contados a partir del vencimiento del plazo para declarar.
Regímenes Devolutivos

Devolución de Impuestos de Importación (Draw Back):
Permite la devolución total o parcial de los impuestos de importación, así como delos impuestos internos, pagados por las materias primas y demás materiales utilizados en la producción, elaboración o acondicionamiento de mercaderías que sean exportadas.

Regímenes Especiales Liberatorios

Reposición con Franquicia Arancelaria: permite importar, por una sola vez con liberación del pago de los impuestos de importación, mercancías equivalentes en cantidad, descripción, calidad y características técnicas, a aquellas respecto a las cuales fueron pagados


Zona franca
Es un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos beneficios tributaria, como el no pago del derecho de importación de mercancías o el no cobro de algunos impuestos, muchos gobiernos de países establecen zonas francas en regiones apartadas o externas con el fin de atraer capitales y el desarrollo económico de la región.



Puertos libres o puertos francos
Es un territorio sometido a regímenes aduaneros especiales en el cual pueden ingresar mercancías procedentes del exterior, libres de gravámenes aduaneros impuestos internos y restricciones cuantitativas dentro de los términos y limitaciones previstas estas regiones suelen tener una política autonómica y son desarrolladas.

Zonas libres
Son determinadas regiones ubicadas generalmente en las fronteras, fuera de los centros de distribución y abastos de insumos y bienes básicos nacionales están formadas por dos o mas países que de forma inmediata y paulatinamente suprimen las trabas aduaneras entre si pero manteniendo cada uno frente a terceros su propio arancel de aduanas y su régimen de comercio.

martes, 24 de mayo de 2011

Importancia de la Legislacion Aduanera en el ambito de Comercio Internacional




Importancia de la Legislación Aduanera en el ámbito del Comercio Internacional.
El Derecho Aduanero resulta de vital importancia tanto en el comercio nacional como internacional, ya que constituye el conjunto de normas legales y reglamentos que determinan el régimen fiscal al cual han de someterse los importadores, exportadores, agentes navieros en general, quienes realizan operaciones con mercancías a través de las fronteras del país, por las vías marítimas, aéreas, terrestres o postales. Además rige las relaciones entre los particulares, causadas por el tráfico marítimo, comprendiendo todo lo referente a seguros, fletamento, averías, abordaje, etc.
Características del Derecho Aduanero.
1- Es Derecho Público porque:
a) El Estado es sujeto esencial y dominante en las relaciones jurídicas de carácter aduanero, y
b) Confiere al mismo Estado prerrogativas tales como: poder de decisión ejecutoria, acción de oficio, privilegio de ejecución previa o intervención del Juez a posteriori, etc.
2- Es de orden público, ya que no puede ser derogado por convenios particulares, por estar informado de interés general y para salvaguardar el principio de igualdad del impuesto ante todo.
3- Es una nueva rama del Derecho, que tiende a constituir su propio sistema, sus propias normas distintas de las demás y autónomas.
Facilidades del Derecho Aduanero.
1- Fomentar y proteger el desarrollo económico.
2- Percibir un tributo manifestado bajo la forma de un impuesto o tasa.
3- Proyectar y preservar el status político y social.
4- Garantizar la salud y las condiciones de vida de los ciudadanos, plantas y animales.
5-Suministrar informaciones estadísticas.
6- Lograr una actuación de carácter ético y de solidaridad humana.
Territorios Mayores y Territorios Menores.
Los Territorios Mayores: Es también conocido como Zona Primaria Aduanera. Son lugares habilitados para realizar las operaciones aduaneras con mercancías que comprenden en particular los locales, instalaciones, depósitos, plazoletas, puertos, muelles, atracaderos, aeropuertos, terminales ferroviarias, paso fronterizos y demás lugares donde se realicen operaciones aduaneras con regular frecuencia, de tal manera que por lo menos tengan designados funcionarios estables para su control.
Los Territorios Menores: Llamada también como Zona Secundaria Aduanera. Es todo el resto del territorio aduanero no comprendido en la Zona Primaria Aduanera. En este caso cabe acotar que, de realizarse una operación aduanera en Zona Secundaria, a partir del momento en que se haga presente el personal de la aduana en dicho lugar y hasta que éste concluya con sus funciones específicas, esa porción de Zona Secundaria Aduanera pasa a ser momentáneamente "Zona Primaria Aduanera". Es por esta razón, que los servicios de los funcionarios aduaneros prestados en la Zona Secundaria Aduanera se considerarán extraordinarios y en consecuencia el operador deberá pagar por ellos un cargo que no es exigible cuando las operaciones se realizan en la Zona Primaria Aduanera.
Territorio Aduanero General.
Es el ámbito nacional donde se aplica un sistema general arancelario y de restricciones económicas al comercio exterior.
Territorio Aduanero Especial.
Es el ámbito nacional donde se aplica un sistema arancelario y de restricciones económicas especial a las operaciones del comercio exterior.
Diferencia entre el Territorio Aduanero y el Territorio Político Venezolano.
El Territorio Aduanero (TA): Es el territorio en el cual las disposiciones de la legislación aduanera de un estado son plenamente aplicables.
El Territorio Político (TP): Supone que parte del TP no está contemplado como ámbito nacional de validez del régimen aduanero. Parte del TP del Estado forma parte del TA de otro Estado, y el propio Estado ha decidido liberar a determinado sector de su territorio, del régimen aduanero (puertos libres y zonas francas).
Implicaciones de la Legislación Aduanera en el Comercio Internacional.
* Determinar y recaudar las obligaciones tributarias causadas por la entrada y salida de mercancías.
* La resolución de los reclamos, recursos, peticiones y consultas de los importadores y exportadores.
* Impedir las importaciones y exportaciones ilícitas.
* La prevención, persecución y sanción de las infracciones aduaneras.
Definición de Conceptos Fundamentales. Artículo 6 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Aduanas, relativo al Sistema Aduanero Automatizado.
1- Boletín de Liquidación: Formato electrónico emitido por el sistema aduanero automatizado que contiene el código de seguridad del sistema para realizar el pago de los gravámenes y demás tributos exigibles en las Instituciones Bancarias autorizadas.
2- Certificado de Confirmación de la Extracción: Formato emitido por el sistema aduanero automatizado para que confirme la extracción de mercancías del territorio nacional.
3- Clave de Seguridad: Código de ingreso al sistema aduanero automatizado que tiene cada usuario autorizado del Servicio Aduanero, para transmitir y procesar electrónicamente información ante la Administración Aduanera y Tributaria.
4- Confirmación de Extracción: Proceso mediante el cual se verifica en el sistema aduanero automatizado la extracción de las mercancías del territorio nacional una vez registrado el respectivo manifiesto de carga.
5- Consolidador de Carga: Operador distinto al porteador que transporta en el vehículo de éste, carga en forma agrupada bajo su propio nombre y responsabilidad destinada a uno o más consignatarios finales.
6- Criterios de Selectividad: Los parámetros selectivos o aleatorios computarizados creados sobre la base de una matriz de análisis de riesgos en el sistema aduanero automatizado para el tratamiento de las declaraciones registradas, cuya aplicación establecerá el reconocimiento electrónico, documental o físico.
7- Desaduanamiento: Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para permitir a las mercancías ingresar para el consumo, ser exportadas o ser colocadas bajo otro régimen aduanero.
8- Descarga Manual del Manifiesto: Opción del sistema aduanero automatizado que permite para cancelar manualmente un manifiesto de carga, cuando por causas debidamente justificadas no fuere posible realizarlo por los medios establecidos en este Reglamento y en los manuales de normas y procedimientos.
9- Desconsolidación Electrónica: Operación en el sistema aduanero automatizado que permite la desconsolidación de carga de un documento de transporte matriz "master" en cada uno de los documentos de transporte propios "house".
10- Desconsolidación Física o Desagrupaje: Acción que realiza el consolidador o si representante autorizado de separar el contenido de una carga consolidada para su distribución a cada consignatario, conforme a los documentos de transporte propios "house" emitidos una vez que la misma ha ingresado a los recintos, almacenes o depósitos aduaneros autorizados.
11- Endoso en Procuración o Representación: Acto único mediante el cual l documento de transporte con la firma y fecha al dorso o respaldo del mismo, es entregado por el consignatario de la mercancía o su representante legal a un agente de aduanas con el fin de que éste realice, en nombre y por cuenta de aquél, exclusivamente los trámites inherentes al desaduanamiento de las mercancías sin que ello implique la transferencia de propiedad de las mismas.
12- Generación Electrónica del Manifiesto de Carga a partir de un Tránsito Aduanero: Procedimiento en el sistema aduanero automatizado que permite generar el respectivo manifiesto de carga en la aduana de destino, a partir de una declaración de tránsito aduanero que ha finalizado.
13- Generación Electrónica de la Declaración de Tránsito Aduanero a partir de una Declaración en caso de Extracción: Procedimiento en el sistema aduanero automatizado que permite generar la declaración de tránsito aduanero, a partir de una declaración en caso de extracción de mercancías del territorio nacional.
14- Localización de Mercancías: Operación en el sistema aduanero automatizado mediante la cual el responsable del recinto, almacén o depósito aduanero autorizado, indica el almacén donde ha ingresado la mercancía relacionada en un manifiesto de carga por parte del transportista, porteador o su representante legal.
15- Matriz de Coeficientes de Perfeccionamiento (MCP): Cuadro en el sistema aduanero automatizado que relaciona materias primas, insumos, partes o piezas requeridas para el perfeccionamiento, combinación, mezcla, rehabilitación, reparación, ensamblaje o producción de un bien final destinado a la nacionalización, reexportación, exportación o reimportación.
16- Memorizar: Operación del sistema aduanero automatizado que permite transmitir un manifiesto de carga o de encomienda en forma anticipada, bajo una condición no oficial, hasta tanto se proceda al registro del mismo.
17- Número de Referencia del Declarante: El número que el agente de aduanas y los usuarios exceptuados del uso de agente de aduanas asignan en la declaración para su control interno.
18- Número de Registro: El número que en forma automática asigna el sistema aduanero automatizado cuando el manifiesto de carga o la declaración han sido transmitidos electrónicamente y registrados a los fines previstos en la normativa aduanera.
19- Porteador: Toda persona que por sí o por medio de otra que actúe en su nombre, ha celebrado un contrato de transporte de mercancías con un cargador, a los fines de efectuar o hacer efectuar el transporte, bajo cualquier modalidad.
20- Programa de Perfeccionamiento: Procedimiento en el sistema aduanero automatizado mediante el cual los usuarios autorizados conforman los bienes transformados, combinados, mezclados, rehabilitados, reparados, ensamblados, producidos o sometidos a cualquier otro tipo de perfeccionamiento, utilizando para ello la matriz de coeficientes de perfeccionamiento con el objeto que los mismos sean nacionalizados, reexportados, exportados o reimportados.
21- Reconocimiento Electrónico: Procedimiento mediante el cual se verifica electrónicamente la consistencia de la información ingresada por el declarante, con la contenida en la base de datos y las configuraciones del sistema aduanero automatizado.
22- Registro: Acción del sistema aduanero automatizado, solicitada mediante una transmisión electrónica, que da por presentado y aceptado un documento electrónico en forma definitiva, tal como el manifiesto de carga y la declaración.
23- Registro de la Matriz de Coeficientes de Perfeccionamiento: Acción en el sistema aduanero automatizado por el cual los usuarios registrados registran la matriz de coeficientes de perfeccionamiento (MCP) que será utilizada posteriormente en los procesos respectivos.
24- Registro del Programa de Perfeccionamiento: Procedimiento en el sistema aduanero automatizado mediante el cual los usuarios registran los programas de perfeccionamiento.
25- Relocalización de Mercancías: Acción que realiza el responsable del recinto, almacén o depósito aduanero autorizado a través del sistema aduanero automatizado, que le permite una vez recibidas las mercancías proceder a reubicarlas en el sistema indicando el nuevo almacén o su nueva ubicación dentro del mismo, si fuere el caso.
26- Salvar Localmente: Acción del sistema aduanero automatizado que permite guardar los datos procesados en el computador del usuario.
27- Transmisión Electrónica: Acción de enviar a través del sistema aduanero automatizado el manifiesto de carga y la declaración, así como cualquier otra acción o envío de documentos, actas o formatos que se incorporen al sistema por medios electrónicos.
28- Usuarios del Servicio: Aquellos funcionarios del Servicio Aduanero, Auxiliares de la Administración Aduanera y Tributaria y las demás personas naturales o jurídicas autorizadas para ingresar al sistema aduanero automatizado.
29- Validación: Acción solicitada al sistema aduanero automatizado a los fines de que se active el módulo de selectividad, el cual en forma selectiva o aleatoria o ambas, asignará el canal correspondiente para el reconocimiento respectivo.
30- Validación del Tránsito Aduanero: Acción del sistema aduanero automatizado que permite una vez recibida en la aduana de destino la mercancía objeto del tránsito, confirmar electrónicamente a la aduana de partida el recibo y finalización del tránsito aduanero.
31- Verificación: Acción del sistema aduanero automatizado que permite constatar, tanto a nivel local en el computador del usuario como en el sistema, la exactitud de los datos a ser transmitidos.
32- Zona de Almacenamiento: Área integrada por patios, depósitos, lugares de almacenamiento y en general, por los lugares donde los vehículos o medios de transporte realizan operaciones inmediatas y conexas con la carga.
Conclusión
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Las Aduanas son oficinas públicas cuya finalidad primordial es la de controlar el paso de mercancías nacionales o extranjeras que, procedentes del exterior, van hacia otros territorios aduaneros o circulan entre diversos puntos de un mismo ámbito geográfico. También se encarga de la liquidación de los impuestos establecidos por las importaciones y exportaciones de mercancías.
Estas aduanas están bajo supervisión del SENIAT debido a la facultad que tienen para ejercer coacción en materia de tributos, causados por el paso de mercancías en general en cualquiera de las tres direcciones antes mencionadas.
Es importante señalar que las fronteras aduaneras no siempre coinciden con las fronteras políticas del país, por eso, la coacción del impuesto aduanero debe ser exigida en todos aquellos lugares de control que estén debidamente habilitados. Esto impuestos aduaneros pueden ser utilizados como instrumentos muy efectivos, para el logro de objetivos vinculados al desarrollo económico del país, también pueden ayudar a implementar un proceso de situación de importaciones, en el cual, en un país subdesarrollado, puede constituir una política muy positiva.
Se entiende por operación de tránsito aduanero el transporte de mercancías desde una oficina aduanera de destino partida a una de destino, bajo el régimen de tránsito aduanero. A estos fines, se entiende por aduana de partida, la oficina aduanera por donde comienza la operación de tránsito; por aduana de paso, tosa oficina aduanera por donde transiten las mercancías en el curso de la operación de tránsito aduanero; y por aduana de destino, la oficina aduanera donde termina la operación de tránsito.
En cuanto al tránsito aduanero, se puede decir que es el transporte de mercancías desde una oficina aduanera de destino partida a una de destino, bajo el régimen de tránsito aduanero. Tomando en cuenta de que existen diversos tipos o modos de transporte como el de vía aérea, marítima y terrestre, los cuales cada uno tienen ventajas y desventajas.

martes, 3 de mayo de 2011

Clasificacion de la Potestad Aduanera

la clasificacion de la potestad aduanera la ejercen:

Poder Ejecutivo: la ejerce administrando los ingresos provenientes de los tributos aduaneros. comúnmente se llama hacienda publica 

Poder Legislativo: ellos aplican la potestad aduanera sancionando leyes y reglamentos en la actividad aduanera 

Poder Judicial: se encarga de dirimir los conflictos entre el estado y los particulares, también se encarga de aplicar pena corporal cuando sea el caso