miércoles, 25 de mayo de 2011

Regimenes aduaneros especiales

Regímenes suspensivos
Los Regímenes Suspensivos o Destinaciones Suspensivas, son aquellos regímenes que constituyen la categoría en los cuales la autoridad competente autoriza, suspende el pago de los gravámenes aduaneros, la introducción o la extracción temporal de mercancías con fines determinados, con la condición de que sean luego reexpedidas o reintroducidas, según el caso, dentro del plazo que la norma se señale.

Exportación temporal
Régimen aduanero que permite exportar temporalmente mercancías que se encuentren en libre circulación en el territorio aduanero nacional y reintroducirlas sin pago de los impuestos de importación, cuando no hayan experimentado modificación alguna. (Art. 38 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales)

Trafico de perfeccionamiento activo

Conjunto de técnicas en virtud de las cuales se eximia, total o parcialmente, del pago de los derechos arancelarios a aquellas mercancías que eran objeto, tras su elaboración y/o transformación, de una salida posterior del territorio aduanero nacional. Desde 01.01.1988 esta figura quedó sustituida por el régimen de perfeccionamiento activo, para acomodar nuestra legislación a los Reglamentos de la CEE.

Trafico de perfeccionamiento pasivo
Sistema que permite exportar temporalmente mercancías fuera del territorio aduanero de la Comunidad Económica Europea, con el fin de ser reimportadas bajo la forma de productos acabados o compensadores, y con exención parcial o total de derechos a la importación después de haber sido objeto, fuera del territorio aduanero de la Comunidad, de una o varias operaciones de perfeccionamiento.

Almacenes generales de depósito
Tienen por objeto la conservación y guarda de bienes muebles por los que no se hayan satisfechos los derechos de importación; así como la expedición de certificados de depósito y de bonos de prenda.

Depósitos aduaneros (in-bond)
Tiene la finalidad de recibir, en un área destinada a ese efecto, mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, exentas de pago de impuestos de importación y tasa por servicios de aduana. El lapso máximo de permanencia de las mercancías en un depósito de este tipo, es de un (1) año contado a partir de la fecha de ingreso al mismo. Estos depósitos pueden establecerse en cualquier zona del país integrada a parques o conglomerados industriales, próxima y de fácil acceso a puertos y aeropuertos.
Depósitos temporales
Tiene por finalidad, el depósito provisional de las mercancías objeto de operaciones aduaneras, mientras se cumplen los trámites respectivos para el perfeccionamiento de la correspondiente operación, en áreas destinadas a ese efecto, ubicadas dentro de las zonas primarias o espacios geográficos próximos a las oficinas aduaneras. El lapso máximo de permanencia de las mercancías bajo este régimen, es de treinta (30) días continuos, contados a partir del vencimiento del plazo para declarar.
Regímenes Devolutivos

Devolución de Impuestos de Importación (Draw Back):
Permite la devolución total o parcial de los impuestos de importación, así como delos impuestos internos, pagados por las materias primas y demás materiales utilizados en la producción, elaboración o acondicionamiento de mercaderías que sean exportadas.

Regímenes Especiales Liberatorios

Reposición con Franquicia Arancelaria: permite importar, por una sola vez con liberación del pago de los impuestos de importación, mercancías equivalentes en cantidad, descripción, calidad y características técnicas, a aquellas respecto a las cuales fueron pagados


Zona franca
Es un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos beneficios tributaria, como el no pago del derecho de importación de mercancías o el no cobro de algunos impuestos, muchos gobiernos de países establecen zonas francas en regiones apartadas o externas con el fin de atraer capitales y el desarrollo económico de la región.



Puertos libres o puertos francos
Es un territorio sometido a regímenes aduaneros especiales en el cual pueden ingresar mercancías procedentes del exterior, libres de gravámenes aduaneros impuestos internos y restricciones cuantitativas dentro de los términos y limitaciones previstas estas regiones suelen tener una política autonómica y son desarrolladas.

Zonas libres
Son determinadas regiones ubicadas generalmente en las fronteras, fuera de los centros de distribución y abastos de insumos y bienes básicos nacionales están formadas por dos o mas países que de forma inmediata y paulatinamente suprimen las trabas aduaneras entre si pero manteniendo cada uno frente a terceros su propio arancel de aduanas y su régimen de comercio.

2 comentarios:

  1. buen articulo, pero debes mejorar la separacion de los titulos

    ResponderEliminar
  2. buen articulo, pero debes mejorar la separacion de los titulos

    ResponderEliminar